La participación en regímenes gananciales

Este régimen patrimonial, alternativo al de gananciales y al de separación de bienes, facilita mucho una disolución pacífica del matrimonio.

Todos sabemos en qué consiste el régimen de gananciales: hacer comunes para el marido y la mujer las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente
por cualquiera de ellos durante el matrimonio, que serán repartidos a partes iguales cuando se produzca su liquidación.

Participación en ganancias

También es conocido en qué consiste la separación de bienes: cada cónyuge es y permanece titular individual de sus ingresos y adquisiciones, administrándolo y disponiendo libremente de todo. Pero existe una tercera alternativa: el régimen de participación en ganancias, aplicado en países como Alemania y Suiza. En él, cada cónyuge mantiene la propiedad exclusiva e individual de sus bienes e ingresos, y administra su patrimonio con total libertad, como en el régimen de separación de bienes, sin que existan nunca bienes comunes.

La peculiaridad viene dada por la participación del cónyuge que menos ha ganado en los beneficios superiores obtenidos por el otro cuando el matrimonio finaliza. Dado que para su vigencia este régimen debe ser acordado en una escritura pública, es recomendable que ese acto se formalice un inventario de los bienes de ambos cónyuges,
fijando todos los valores en ese momento. Así, finalizado el matrimonio, se hará un nuevo inventario y valoración de lo que posee cada uno, obteniéndose, mediante un cálculo aritmético, el aumento patrimonial obtenido a título individual.

El que menos ganancias consiguió participará en las que haya obtenido su pareja en la cuantía que exceda a las propias, es decir, no se reparten todos los bienes adquiridos durante el matrimonio, ni siquiera la totalidad de los ingresos, sino únicamente la diferencia de los beneficios obtenidos por uno de ellos respecto del otro.

Como la participación en ganancias es necesaria acordarla expresamente en escritura notarial, puede negociarse que la participación sea en un porcentaje distinto (30% ó 70%), pero debe ser el mismo para ambos. La participación en ganancias es idóneo para los matrimonios en los que ambos tienen trabajos remunerados, fomenta la solidaridad y el apoyo recíproco (el éxito de uno repercutirá en el otro), pero preservando la independencia de cada uno de ellos para administrar lo que es suyo, ya que no se entremezclan los patrimonios.

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