Nueva doctrina para valorar el ajuar doméstico en el impuesto de sucesiones
Nuestra compañera Victoria López nos habla sobre el cambio en la forma de calcular el importe del ajuar familiar en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, desde la doctrina jurisprudencial emanada por la Sala de lo contencioso del Tribunal Supremo, tras las sentencias de 10 de marzo de 2020 (STS 1619/2020) y sentencias de 19 de mayo de 2020 y de 11 de junio de 2020.
¿Qué cambio ha establecido el Tribunal Supremo? ¿Cómo se calculará el ajuar según esta doctrina? ¿Existe la posibilidad de devolución por cobro de lo indebido?.
- 01/02/2021 | ¿Puede un excónyuge presentar un desahucio por precario sobre una vivienda de la comunidad postganancial?
- 17/11/2020 | Nueva doctrina para valorar el ajuar doméstico en el impuesto de sucesiones
- 28/09/2020 | ¿Cuál es la solución si ninguno de los cónyuges quiere adjudicarse el negocio familiar al liquidar gananciales?
- 29/06/2020 | Impugnación de una partición hereditaria o de una liquidación de gananciales.
- 11/03/2020 | Supuestos en los que puedo revocar una donación
Si tiene alguna duda o consulta sobre cualquier cuestión planteada en este artículo, puede contactar con el autor usando el siguiente formulario: