Pactos de pareja

En España se producen alrededor de 130.000 separaciones al año, algo que nos pone a la cabeza de la UE. Por ello, invertir unos 750 euros en un acuerdo prematrimonial resulta una práctica inversión de futuro.

Pacto de pareja

Cuestiones sobre las que cabe un acuerdo:

  1. Régimen económico matrimonial: gananciales, separación de bienes o el de participación.
  2. Si se opta por alguno de estos dos últimos, es necesario pactar el sistema de contribución al mantenimiento de los gastos familiares.
  3. Determinar el patrimonio privativo de cada cónyuge, antes de contraer matrimonio.
  4. Pensión compensatoria: sí o no, y sus condicionantes.
  5. Atribución o no del uso del domicilio familiar a uno de los cónyuges, con los supuestos especiales en caso de que exista descendencia.
  6. Pensión de alimentos y custodia de los hijos: exclusiva o compartida. Formas de desarrollarla y régimen de visitas.
  7. Posibilidad de que conviva una tercera persona en el domicilio familiar.
  8. ¡Múltiples! Tantas como inquietudes tengan los contrayentes.

En 2008 se celebraron en España 196.613 bodas. Durante ese mismo periodo, se produjeron 131.060 disoluciones del matrimonio, según datos del INE y del Consejo General del Poder Judicial. Eso supone un 67% de fracasos, lo que ha situado a nuestro país con la tasa más elevada de la Unión Europea. Aunque la duración media de dichos enlaces es de 15,55 años, el 15,9% de estos no llega a cumplir el año. Ante estos alarmantes datos, resulta imprescindible tomar medidas y pactar antes de casarse o incluso una vez casados, las condiciones que regirán la separación o divorcio si este llegara a producirse.

Los acuerdos prematrimoniales pueden ser de muy diversas clases; lo único que hay que hacer es superar ese rechazo inicial que produce la idea y dejarse asesorar adecuadamente.

De hecho, una pareja no puede saber nunca antes de casarse a qué situaciones se enfrentará realmente si pasa a engrosar la lista de divorcios. Es por ello que resulta esencial acudir a un buen abogado, que les hará reflexionar sobre los problemas básicos que suelen surgir: la postura frente a la custodia de los futuros hijos, atribución de la vivienda –según sea privativa o común–, el régimen económico matrimonial más adecuado, planteamiento sobre la pensión compensatoria, etc. Todos estos aspectos quedarán recogidos en un convenio, que deberá ser protocolizado ante un notario.

[pull_quote_right]Los acuerdos prematrimoniales pueden ser de muy diversas clases, sólo hay que superar el rechazo inicial que produce la idea y dejarse asesorar adecuadamente[/pull_quote_right]

Este documento será una garantía de futuro, ya que contiene la voluntad de ambos contrayentes en el caso en que decidan separarse, y puede ser objeto de impugnación si las circunstancias de la vida cambian de manera sustancial a lo largo de los años.

En concreto, de todos los aspectos en lo que cabe un acuerdo, el de la vivienda suele ser uno de los más conflictivos. Sobre todo, cuando esta es atribuida a uno de los cónyuges y a los hijos, y la otra parte tiene que salir de la misma. Y este problema se acentúa cuando la casa es propiedad privativa de quien debe abandonarla, que, además de ingresar la pensión alimenticia, debe seguir atendiendo al pago de la hipoteca.

Por eso, existiendo una vía para mitigar estos desencuentros, y teniendo en cuenta que los novios invierten una media de 24.000 euros en preparar su boda (incluidos trajes, invitaciones, banquete y viaje de luna de miel), gastarse unos 750 euros –siempre según la complejidad y la clase de acuerdo– en la preparación de un buen acuerdo prematrimonial, puede considerarse una inversión práctica para el futuro.

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