¿Redes, sociales o de araña?

Hace unos meses leíamos la noticia de que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) había impuesto una multa de 2.000 por la creación de un perfil falso en una red social (en concreto Badoo): una mujer había abierto un página con el nombre, fotografía, dirección y teléfono de otra mujer –que desconocía este hecho y jamás había dado su autorización para ello-, invitando a hombres de 22 a 40 años a celebrar encuentros sexuales (aunque en la página se utilizaba una expresión bastante mas explícita).

¿Redes, sociales o de araña?

Durante las 24 horas de ocho interminables días, C.C. estuvo viviendo la pesadilla de recibir miles de llamadas de alto voltaje hasta que la AEPD logró que la red social diera de baja el perfil. Badoo tiene su domicilio en Chipre, por lo que la AEPD contactó con la Oficina de Protección de Datos de aquel país, pidiendo información sobre la dirección IP desde la que se creó el perfil. Con esa información y con las fechas en las que se había realizado las conexiones, el operador nacional logró identificar a la persona que había creado el perfil.

Lo anecdótico –excepto para la pobre C.C.– es que la autora del perfil falso era la actual novia de un antiguo novio de C.C.; lo positivo es que en ocho días se había logrado su eliminación; lo negativo, lo fácil que resulta complicarle la vida de una manera tan pavorosa a un tercero, amparado por el anonimato que ofrece internet.

Fuera de este supuesto excepcional (que es noticia precisamente por ser poco frecuente), lo cierto es que internet juega en nuestras vidas un papel cada vez más importante: consultamos toda clase de noticias e información, hacemos compras, operamos con nuestras cuentas bancarias y … hacemos uso de las redes sociales, a las que proporcionamos un sinfín de información personal.

Al final, “alguien” tiene tanta información sobre nosotros, sin que nosotros la hayamos autorizado de manera expresa, que si la viéramos comprimida en un expediente se nos pondría la carne de gallina!

Porque precisamente eso es lo que le pasó a Max Schrems, estudiante de derecho de 24 años, que quiso ejercer frente a Facebook su derecho de acceso a sus datos personales –derecho reconocido en todas las legislaciones de protección de datos, y que implica el acceso a la información que Facebook guardaba sobre él–. Inicialmente, recibió un archivo con datos muy básicos y esenciales, que a él se le antojaba pobre, por lo que decidió insistir. Finalmente, recibió un CD que contenía información guardada y clasificada de sus tres años de permanencia en la red, de 1.222 páginas, con datos personales divididos en 57 categorías, como aficiones, gustos, opiniones religiosas, y un larguísimo etcétera. Además, Facebook también registraba cada vez que accionaba el botón de “me gusta”, no solo en la red social sino en cualquier página digital, lo que ayudaba a configurar su expediente. Encontró también en estas páginas conversaciones e información que él había borrado de su perfil, pero que Facebook no había eliminado y que seguía conservando en sus archivos.

Max Schrems presentó una serie de reclamaciones ante la Agencia de Protección de Datos de Irlanda, ya que la sede internacional de Facebook se encuentra en Dublín excepto para EEUU y Canada. Tras una investigación de tres meses, Facebook se comprometió a finales del mes de diciembre de 2011 a “mejorar la privacidad” de los alrededor de 500 millones de usuarios que dependen de las oficinas de la empresa en Dublín. Dentro de seis meses, las autoridades irlandesas evaluarán los progresos efectuados.

Pero por lo pronto, esta misma semana de enero de 2012, la autora de este artículo recibía tres correos electrónicos remitidos por un amigo, José María, que me invitaba a unirme a su página de Facebook. Cuando le pregunté al respecto, se mostró sorprendidísimo, ya que él no me había enviado absolutamente nada. Además –me dijo–, estaba recibiendo confirmaciones de “amistad” de otros conocidos y amigos sin que él les hubiera hecho ofrecimiento alguno. La conclusión sólo podía ser una: había accionado, sin darse cuenta, alguna tecla de su iPhone, por la que activaba una oleada de mensajes indiscriminados a todos los contactos de su agenda, ¡sin saberlo y sin quererlo! Y con esto se infringe, de entrada, el artículo 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos: “El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado”. La agenda de contactos es un inequívoco dato de carácter personal.

Además de las precauciones lógicas a adoptar con los menores de edad, los ciudadanos adultos debemos ser muy cautos con la información que suministramos a internet; incrementar nuestros controles y no dejar de denunciar las infracciones que detectemos, como hizo Schrems, y hará José María, con el fin de que crezca la seguridad en la red. Paralelamente, esperamos que los controles que ejercen las autoridades sean cada vez más efectivos, y que las redes sociales, que reportan muchos beneficios a los usuarios que las disfrutan, cumplan con la cada vez más nutrida legislación que van publicando todos los países y los organismos internacionales, en sus intentos de poner un poco de orden en ese inmenso océano de informaciones que es internet.

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